El asesor fiscal no puede ser un auditor especialmente exigente en la determinación de los datos que han de aportarse a la Hacienda Pública, sino que debe reflejar los datos que el asesorado le facilita, sin fiscalizar sus ingresos y gastos.
Así lo ha dictado la Audiencia Provincial de Zaragoza, en sentencia de 30 de diciembre de 2020 (1056/2020).
Según apunta el fallo, la demandante ejercita acción de responsabilidad civil profesional frente a su asesor fiscal alegando un defectuoso asesoramiento contable y fiscal tras haberle sido impuesta una sanción tributaria con ocasión de una inspección fiscal.
La demanda fue estimada parcialmente en primera instancia. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Zaragoza considera que el demandado no es responsable de dicha sanción tributaria por cuanto no aprecia que exista infracción de la lex artis ni en la llevanza de la contabilidad, ni en la exactitud de las declaraciones fiscales presentadas conforme a la misma.